Los anillos entrelazados son propiedad intelectual del COI y en la Argentina están protegidos por su registración como marca y a través de dos leyes: la Ley ratificatoria del Tratado de Nairobi Nº 23.207 de fecha 17.09.85 y la Ley de Protección de Marcas y Símbolos Olímpicos Nº 24.664 del 26.07.96.
De acuerdo a estas disposiciones legales vigentes nadie, ni siquiera el Comité Olímpico Argentino puede hacer uso de anillos olímpicos sin permiso del COI.